La comunidad Santa Rosa apelará la orden de desalojo y advirtió que resistirá cualquier intento de expulsión. Los abogados dicen que no se respetó el derecho indígena.
La ley 26160 de Emergencia de Propiedad Comunitaria fue sancionada en 2006 y prorrogada hasta 2013. Ordena realizar un catastro de las tierras que ocupan los pueblos originarios y prohíbe los desalojos de comunidades indígenas en todo el país. El 20 de febrero último, técnicos de la Universidad Nacional de la Patagonia relevaron, en cumplimiento de la ley, a la comunidad Santa Rosa Leleque, en Chubut. Sólo diez días después, el juez Omar Magallanes ordenó el desalojo de la comunidad y favoreció a la multinacional Benetton, que posee un millón de hectáreas en la Patagonia. Los abogados de la comunidad advirtieron que se “omitió groseramente” la legislación indígena y anunciaron que apelarán la medida.
“A pesar del fallo seguimos reafirmando nuestra existencia y compromiso con esta pequeña porción de la mapu (tierra). Seguimos con la convicción de reescribir nuestra historia como pueblo mapuche tehuelche y revertir la historia de despojo, humillación y saqueo”, afirmó la comunidad Santa Rosa, desde su humilde vivienda a la vera de la ruta 40, a mitad de camino entre Esquel y El Bolsón.
El abogado de la comunidad, Edgardo Manosalva, explicó que la sentencia es “sumamente inconsistente, arbitraria y contradictoria”. Basa su crítica en la “errónea apreciación de las pruebas y la errónea aplicación del derecho”. Detalló que la prueba documental y los testigos en favor de la comunidad mapuche fueron dejados de lado o minimizados.
“Al tener por parte a una comunidad mapuche, el juez automáticamente debió haber aplicado obligatoriamente, de acuerdo con la actual jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, el derecho indígena. Por el contrario, el juez Magallanes sólo aplicó el derecho civil, sin hacer mención ni a un artículo de derecho indígena”, denunció el abogado de la comunidad.
Volver a las raíces, lograr la comunión con la tierra y recuperar la historia y la cultura ancestrales. Eran los objetivos de Atilio Curiñanco y Rosa Rúa Nahuelquir en agosto de 2002, cuando se instalaron en Santa Rosa. Pero sin querer, se enfrentaron a un imperio que posee comercios en 120 países y una facturación anual de 2000 millones de euros. En octubre del mismo año sufrieron un desalojo violento.
El conflicto llegó a tribunales. Dos juicios, uno penal y otro civil. En el primero fueron absueltos, el segundo decidió que las 535 hectáreas le pertenecían a la empresa. El sustento del fallo, un título de donación de 1896, en el que entonces presidente José Evaristo Uriburu cedió 900 mil hectáreas a diez estancieros ingleses.
Por pedido de Luciano Benetton, en 2004, Rosa y Atilio viajaron a Roma. Luego de horas de discusión, Benetton prometió donar al Estado argentino 2500 hectáreas para que éste restituyera a la comunidad la tierra donde vivir. “Primero habló de donación de tierras. Le aclaramos que así no era. Que nadie puede donar lo que no es de él. Que tenía que ser restitución o devolución. Entonces propuso que donaría al Estado argentino y que éste podría restituir las tierras”, explicaba Atilio Curiñanco a la vuelta del viaje.
En 2005, la provincia de Chubut dictaminó que las 2500 hectáreas cedidas por Benetton eran improductivas y rechazó la donación. “Lo de Benetton fue una trampa”, había afirmado Atilio. Al mismo tiempo, advertían que en esas tierras ya vivían comunidades ancestrales y campesinos. Benetton nunca volvió a hablar del tema.
El 14 de febrero de 2007, la comunidad mapuche Santa Rosa Leleque decidió volver a su territorio. “Ellos insisten en que tienen un papel, escritura le llaman, con eso dicen ser dueños. Nosotros mostramos nuestra sangre originaria, ancestral poseedora del lugar, ésa es nuestra prueba de posesión”, retrucaba Atilio Curiñanco. Y comenzaba la nueva batalla judicial.
Durante los últimos cuatro años, historiadores y antropólogos dieron testimonio ante el juez sobre la posesión ancestral mapuche. Y los abogados dieron cuenta de que los derechos indígenas están vigentes en la Constitución Nacional y en el Convenio 169 de la OIT. Pero el juez Magallanes priorizó una norma inferior, el Código Civil, y dictaminó: “(Condenar a la comunidad) A restituir la posesión, libre de personas y/o cosas puestas por ellos en el plazo de diez días”.
La compañía envió a Página/12 un comunicado donde resalta: “Hemos sido formalmente notificados del fallo respecto a la propiedad del predio Santa Rosa. Reiteramos nuestra posición de remitir la solución de este caso a la Justicia, más allá de todos los esfuerzos que hemos hecho desde la compañía para generar un acercamiento entre las partes, que incluyen el ofrecimiento de tierras realizado en dos oportunidades, la primera a través del Premio Nobel Adolfo Pérez Esquivel y la segunda a través del estado provincial”.
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