Semillas para el debate

Semillas para el debate

La Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria aprobó una soja resistente a tres herbicidas. Organizaciones sociales sostienen que es nociva para el ambiente y la salud.

soja semilla - en bajaUna nueva soja transgénica, resistente a tres agroquímicos, está a punto de aprobarse en Argentina y genera rechazos entre movimientos campesinos, científicos y organizaciones sociales. Denuncian que es “irregular” la forma de aprobación (sostienen que se hizo en base a estudios de las propias empresas y confidenciales) y aseguran que el combo de químicos será perjudicial para el ambiente y la salud de la población. “Cuestionamos la decisión de aprobar esta nueva soja, pero también la regulación actual del sistema de aprobación de los organismos genéticamente modificados (OGM) ya que no garantiza una debida evaluación ambiental ni la inocuidad alimentaria de los transgénicos”, explicó Fernando Cabaleiro, del Centro de Estudios Legales del Medio Ambiente (Celma).

En diciembre de 2013, la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia) aprobó la “soja DAS-444O6-6” de la empresa Dow AgroSciences, resistente a los agroquímicos glifosato, glufosinato de amonio y 2-4-D. El dictamen señala que no representa riesgos para la salud ni para el ambiente. Y da vía libre para que el Ministerio de Agricultura de la Nación dé la última aprobación.

El Centro de Estudios Legales del Medio Ambiente denunció que no se cumplieron los pasos administrativos que obliga la legislación nacional (audiencias públicas –leyes 24.375 y 25.675–) y afirmó que no se realizó un “debido e integral estudio de impacto ambiental”. Remarcó que los estudios de riesgos se realizaron en espacios reducidos llamados “agroecosistema”, una parcela agrícola que no tiene en cuenta la coexistencia con el ambiente lindante ni los efectos de los agroquímicos en los campos vecinos.

El Celma realizó una presentación de impugnación en el Ministerio de Agricultura, exige audiencias públicas y una correcta evaluación de impacto ambiental.

La aprobación de transgénicos en Argentina se realiza en base a estudios presentados por las propias empresas. El abogado Cabaleiro reclamó que esos estudios (sobre todo los que señalan la supuesta seguridad ambiental e inocuidad alimentaria) sean públicos para ser evaluados por científicos e instituciones ajenas a las empresas.

La forma en que se aprueban los transgénicos y el avance de la frontera agropecuaria son cuestionados por la gran mayoría de las organizaciones de la agricultura familiar: Asamblea Campesina Indígena del Norte (Acina), Movimiento Campesino Liberación (MCL), Unión de Trabajadores de la Tierra (UTT), Movimiento Nacional Campesino Indígena (MNCI) y la Coordinadora de Organizaciones Campesinas Indígenas y Trabajadores Rurales (Cocitra), entre otras.

A las objeciones por la nueva soja se sumaron la Red por una América latina Libre de Transgénicos (Rallt), Campaña Paren de Fumigarnos y Alianza Biodiversidad. Iniciaron una campaña internacional: “El 2-4-D es un herbicida más peligroso que el glifosato, por lo que los impactos ambientales y en la salud de este nuevo cultivo transgénico serán aún más devastadores, especialmente teniendo en cuenta que en este nuevo transgénico se ha apilado una combinación de herbicidas”.

Las organizaciones coinciden con las críticas del Celma (falta de participación ciudadana y falencias en los estudios ambientales) e incluso alertan a los productores de soja: “Al aprobar un cultivo con resistencia al 2-4-D, será muy difícil colocar los granos en los mercados debido al rechazo de los consumidores del resto del mundo para este tipo de cultivos”. También se sumó a los cuestionamientos Greenpeace.

El 2-4-D es un herbicida que se utiliza desde 1940, muy cuestionado a nivel internacional y ya fue prohibido en Dinamarca, Noruega y Suecia.

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“Ventaja selectiva”

“Segunda fase de evaluación. Documento de decisión”, es el título del documento oficial con el que la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia) y la Dirección de Biotecnología del Ministerio de Agricultura dieron la aprobación técnica a la soja transgénica de la empresa Dow AgroSciences, resistente al glifosato, glufosinato de amonio y 2-4-D. “Se concluye que los riesgos derivados de la liberación de este organismo vegetal genéticamente modificado (OVGM) en el agroecosistema, en cultivo a gran escala, no son significativamente diferentes de los inherentes al cultivo de soja no GM (genéticamente modificados)”, expresa el informe, diez carillas principalmente escritas en lenguaje técnico.

En la página 4, ítem “Evaluación de riesgo”, señala que la presencia de genes tolerantes a los herbicidas “confiere una ventaja selectiva” y sostiene que “es muy poco probable que, como consecuencia de su consumo, puedan transferirse genes desde alimentos que contengan ácidos nucleicos derivados de esta soja hacia microorganismos presentes en el tracto digestivo”.

Afirma que en 2010 se realizaron ensayos en campo en diez localidades de Estados Unidos. Y en Argentina se experimentó, según el informe de la empresa, entre 2010 y 2012. En la página 9 descarta impactos negativos en el “agroecosistema” y afirma que los estudios “no muestran niveles que permitan indicar posibles efectos tóxicos o alergénicos”. En la última página hace dos recomendaciones: que se implemente un plan de prevención y manejo de resistencia en malezas y recomienda que haya “el correspondiente registro” para la aplicación del herbicida 2-4-D. En el dictamen no figuran los nombres de quienes firmaron la aprobación de la soja.

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El consumo de pesticidas

“El consumo de pesticidas aumentó el 858 por ciento en los últimos veinte años, según datos de las propias empresas. Hay un gran negocio para la industria mundial de venenos y se genera un gran problema para la salud colectiva”, detalla la Red de Médicos de Pueblos Fumigados en su informe “El consumo de agrotóxicos en Argentina aumenta continuamente”, y precisa que en la campaña 2012/2013 las empresas facturaron 2381 millones de dólares y se utilizaron en los campos argentinos 317 millones de litros de pesticidas.

La Red de Médicos de Pueblos Fumigados tomó estadísticas de Casafe (la organización que reúne a las empresas de agroquímicos). El glifosato es el agroquímico más utilizado en Argentina, concentra el 64 por ciento del total de las ventas y se aplicaron 200 millones de litros en 2012. La superficie de cereales y oleaginosas aumentó 50 por ciento entre 1991 y 2012 (de 20 millones a 30 millones de hectáreas). En 1991 se consumieron en el país 39 millones de litros de químicos en el agro y en 2012 llegó a 335 millones (858 por ciento más).

* Por Darío Aranda. Publicado en el diario Página12 el 19 de febrero de 2014.

 

Impacto extractivista

Impacto extractivista

El estudio de una ONG estadounidense muestra que las principales petroleras y mineras de ese país operan en 370 sitios de pueblos originarios en 36 países

impacto extractivista - Campo Maripe en bajaLas más grandes compañías petroleras y mineras de Estados Unidos operan en 370 sitios de pueblos originarios en 36 países y, en la gran mayoría de los casos, extraen riquezas naturales sin respetar los derechos de las comunidades indígenas. Las empresas extractivas operan en 41 lugares de América latina y cinco de Argentina. Una muestra del impacto extractivista en los pueblos originarios: el 39 por ciento de los yacimientos en explotación de hidrocarburos está en territorios indígenas y casi la mitad (46 por ciento) de las reservas comprobadas de petróleo y gas se ubica en comunidades originarias.

La ONG estadounidense Primeros Pueblos en el Mundo (First Peoples Worldwide –FPW–) publicó su estudio “Derechos indígenas: Informe de riesgo para las industrias extractivas”, en base a información de las 52 petroleras y mineras más grandes de Estados Unidos. Aunque dirigido principalmente a empresas (evalúa el “riesgo” corporativo), revela datos útiles para las organizaciones indígenas. Las principales empresas en territorios que afectan a pueblos originarios son las petroleras ConocoPhillips (44 explotaciones), ExxonMobil (35), Chevron (24) y Apache (19). Y las mineras Southern Copper (17), Freeport-McMoRan (16), Newmont Mining (14), Peabody Energy (14).

Y sobresale una información que augura mayor conflictividad: el 39 por ciento del petróleo y el gas que producen las compañías está en territorio indígena o cerca de él. El 46 por ciento del petróleo y el gas se ubica en tierras indígenas.

El ranking de países con empresas mineras y petroleras en territorios indígenas lo encabeza Estados Unidos, con 157 casos. Le siguen Canadá (74), Australia (24) e Indonesia (23). En América latina hay 41 casos de empresas estadounidenses que afectan a comunidades indígenas. México y Perú tienen nueve casos cada uno. Chile seis y Argentina cinco. Colombia y Venezuela, con cuatro cada una. Ecuador dos y Nicaragua y Surinam un caso cada una.

La ONG les recuerda a las empresas que los pueblos indígenas cuentan con legislación internacional, como el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Hace hincapié en el derecho indígena al consentimiento libre, previo e informado para cualquier acción que pudiera afectar sus territorios y forma de vida.

Los cinco casos de Argentina citados en el estudio están en la cuenca neuquina. La petrolera EOG Resources opera en el norte de la provincia, en la formación Vaca Muerta. También está presente la petrolera WPX Energy, con participación mayoritaria en Apco Oil (en Argentina opera la petrolera Entre Lomas), con extracción en Neuquén y Río Negro.

En el informe, de 34 carillas, sobresale la petrolera Apache, que mantiene conflictos con las comunidades mapuches Gelay Ko y Winkul Newen, en las afueras de Zapala, y donde la empresa no cuenta con consentimiento de las comunidades. También está presente la poderosa ExxonMobil, que opera en la formación Vaca Muerta junto a YPF, Petrobras, Pan American Energy y la provincial GyP (Gas y Petróleo de Neuquén). Cuenta con concesiones en Rincón de la Sauces y Añelo.

La ONG estadounidense remarca que una de las situaciones de mayor peligro empresario es el caso de Chevron en Vaca Muerta. Recuerda que en 2011 las Naciones Unidas (mediante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) advirtió sobre la violación de derechos de los pueblos indígenas de Argentina. “Durante muchos años los mapuches han realizado protestas pacíficas y participaron de campañas para defender sus derechos humanos, protegidos por la Constitución nacional”, señala el informe y cita al vocero de la Confederación Mapuche de Neuquén, Jorge Nahuel: “No hay duda de que todos los anuncios acerca de estos megacampos petroleros son una amenaza directa y clara a la vida y a la cultura de las comunidades mapuche”.

Referido a las cinco petroleras en territorio mapuche, la ONG precisa: “Existen protestas mapuches por la contaminación de sus aguas y la falta de consentimiento indígena para el funcionamiento de empresas en su territorio”. También menciona a los “grupos ambientales” movilizados por los peligros del fracking y recuerda que el pueblo mapuche está presente en Río Negro, Chubut y La Pampa. La Confederación Mapuche de Neuquén contabilizó al menos 29 comunidades que viven sobre la formación Vaca Muerta.

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Buscando consenso

La ONG Primeros Pueblos en el Mundo (FPW) trabaja en la “creación de puentes” entre comunidades indígenas y corporaciones, gobiernos, académicos e inversionistas. Adhiere a una línea de trabajo muy debatida en el mundo indígena: un posible diálogo y consenso entre empresas y pueblos para la explotación de recursos naturales. El relevamiento apunta principalmente a las empresas, para hacerles notar que corren riesgos económicos por no tener políticas de consenso con los pueblos originarios. “El 92 por ciento de los sitios plantea un riesgo medio a alto para los accionistas”, señala el informe.

Para evaluar los “riesgos” tomaron como parámetros la ubicación del yacimiento, la política empresaria, reputación corporativa, país, comunidad local y leyes vigentes. Con la ponderación de los parámetros, otorgan un puntaje. Las empresas que corren mayor riesgo son ExxonMobil, Newmont, ConocoPhillips, Chevron y Apache.

La presidenta de la ONG, Rebecca Adamson, pronosticó que la situación de conflictividad y riesgo empresario aumentará por la confluencia de tres factores: los pueblos indígenas tienen derechos a nivel internacional y nacional, las mayores reservas de minerales e hidrocarburos se encuentran en territorios indígenas y los medios de comunicación (sobre todo digitales) logran difundir las situaciones locales hasta transformarlas en campañas globales. La ONG precisa que de los 370 sitios de petróleo, gas y minerales, el 43 por ciento tiene una calificación de “riesgo crítico” (corren riesgo de paralización) por no tener políticas de consenso con los pueblos indígenas.

A nivel latinoamericano, el extractivismo fue el tema principal de la V Cumbre Continental de los Pueblos Indígenas (realizada en Colombia en noviembre pasado). “Denunciamos el nuevo proyecto económico neoliberal a través de los gobiernos que han radicalizado su política económica extractivista en alianza con las empresas multinacionales”, señala la declaración final de la Cumbre.

* Por Darío Aranda. Publicado el 10 de febrero de 2014 en Página12.

Avanza el desmonte por los agronegocios

Avanza el desmonte por los agronegocios

Son tierras del departamento de San martín, que habían sido protegidas por un fallo de la Corte. Algunos empresarios hicieron firmar comodatos con criollos y comunidades wichí que crían ganado y, de esa manera, habilitaron el desmonte.

deforestacion salta - en bajaDiez mil hectáreas de monte nativo donde viven y trabajan campesinos y comunidades wichí están a punto de ser arrasadas para ser destinadas a agronegocios. Se trata de tierras ubicadas en el departamento salteño de San Martín, zona catalogada por la provincia como territorios a conservar y que habían sido protegidos por un fallo de la Corte Suprema de Justicia en 2008. “La presión de los agronegocios vale más que la Ley de Bosques y que los derechos humanos”, denunció la organización Red Agroforestal Chaco Argentina (Redaf) y afirmó que campesinos e indígenas fueron presionados para autorizar el avance de los empresarios del agro. Desde la sanción de la Ley de Bosques (que fija protección para el monte nativo), en Salta fueron arrasadas 360.000 hectáreas, un promedio equivalente a 164 canchas de fútbol por día.

El Laboratorio de Análisis Regional y Teledetección (LART) de la Facultad de Agronomía (UBA) detalló que entre 2008 y 2013 se desmontaron 358.723 hectáreas en Salta, de las cuales 112.000 estaban en zonas que debían protegerse (según el Ordenamiento Territorial requerido por la Ley de Bosques). El LART detalló que en 2008 (primer año de vigencia de la ley) se desmontaron 110.000 hectáreas. El año siguiente se talaron 46.000 y en 2010 llegaron a 50.000 hectáreas. En 2011 se destruyeron 72.000 hectáreas de monte salteño, en 2012 otras 52.000 y en 2013 se desmontaron 28.000 hectáreas. Equivale a un promedio de 164 hectáreas por cada día o siete hectáreas por hora.

Para ejecutar buena parte de la deforestación se utilizan grises de la ley. “No todos los desmontes son ilegales, porque la provincia procede en muchos casos a recategorizar las fincas de amarillo o rojo (zonas protegidas) a verde, para luego aprobar los desmontes”, explicó Ana Alvarez, secretaria ejecutiva de la Red Agroforestal, colectivo de organizaciones e investigadores del NOA y NEA.

Alvarez advierte que el verano comenzó con la misma tendencia desmontadora. El 23 de diciembre se realizó una audiencia pública para avanzar sobre 10.000 hectáreas de bosque en el Municipio de Ballivián, departamento de San Martín, el mismo que la Corte Suprema había protegido en 2008 y que aparece como zona “roja” (a proteger). “Los empresarios hicieron firmar comodatos a criollos y a la comunidad indígena wichí Cuchuy, donde ceden el territorio a cambio de pocas hectáreas y diez viviendas. La audiencia termina siendo un mero trámite para dar vía libre a desmontes para agricultura”, explicó Patricia Valdivia, comunicadora de la Redaf.

El campo en peligro se llama finca Cuchuy y el pedido de desmonte fue realizado por los empresarios Alejandro Braun Peña (8962 hectáreas) y Gastón Larrán (1300 hectáreas).

Las familias campesinas y wichí no contaron con asesoramiento jurídico sobre sus derechos. Y firmaron en favor de los empresarios a cambio de diez casas para la comunidad indígena y la “donación” de 300 hectáreas a las familias que siempre vivieron y trabajaron las 10.000 hectáreas. Las cuatro familias campesinas que viven en el lugar hace más de 50 años firmaron el “acuerdo” solicitado por los empresarios. En dos casos firmaron con la huella dactilar porque no saben leer ni escribir. El comodato señala que los empresarios le darán cinco hectáreas a cada una (20 hectáreas total). Los campesinos tienen como principal actividad la ganadería. El estudio de impacto social en el expediente de la audiencia precisa que cuentan con 578 cabezas de ganado. Pero con las 20 hectáreas que firmaron sólo podrán criar tres vacunos. “Esta supuesta ‘cesión de derechos’ implica no sólo la pérdida de las 10.000 hectáreas de bosque, sino que además condenará a las familias originarias y criollas a migrar, ya que el sostén de sus actividades es inviable en los pequeños lotes a los que serán confinados”, advirtió la Red Agroforestal.

La Ley de Bosques estableció que las provincias debían realizar ordenamientos territoriales en tres colores: verde (se puede desmontar) y amarillo y rojo (medio y alto valor de conservación). La finca Cuchuy está en zona amarilla y roja, pero la normativa salteña dejó una puerta para los desmontadores: estableció que la zonificación por colores era sólo “orientativa” y que podría ser modificada a criterio de la autoridad de aplicación, el ministro de Ambiente –que no respondió las consultas de este diario–, en base a pedido y estudios presentados por quienes desean el desmonte.

El decreto provincial 2789 prohibió los desmontes en regiones donde no se realizó el relevamiento de territorios indígenas establecido en la Ley Nacional 26.160. El relevamiento territorial no se realizó en la comunidad wichí Cuchuy, pero aun así la provincia efectuó la audiencia para desmontar el territorio.

Un grupo de investigadores de la Facultad de Agronomía de la UBA que trabaja junto a comunidades wichí escribió una carta (con un informe técnico cuantitativo y mapas satelitales) al Ministerio de Ambiente de Salta. Detallan que, en la zona wichí, sobre 196.000 hectáreas ya se arrasaron 89.000 (el 45 por ciento). “El desmonte en estas áreas tiene serias consecuencias desde el punto de vista social y ambiental”, recuerda el informe.

Luego de la audiencia deben pasar diez días hábiles para la presentación de objeciones. Y la Secretaría de Ambiente debería analizar las presentaciones y tomar una decisión. Como parte de los descargos, el antropólogo John Palmer realizó una decena de entrevistas en idioma wichí y la ONG Asociana elevó las entrevistas como prueba. Los testimonios wichí dan cuenta del mecanismo de presión para firmar acuerdos con los empresarios y denominan “estafa” al comodato que los dejará sin tierras.

Finca Cuchuy no es un caso aislado. Alvarez explicó que hay al menos cinco audiencias de desmontes pautadas sólo para enero que afectarán otras 22.000 hectáreas.

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La lentitud de la Justicia

Tres comunidades indígenas de Salta solicitaron al Poder Judicial en 2008 la protección de su territorio. En los cinco años transcurridos, el expediente pasó por diferentes juzgados, pero ninguno protegió el territorio indígena y, en ese lapso, las topadoras del agronegocio avanzaron sobre 15.000 hectáreas indígenas. En contraposición, la vía política de los empresarios fue más expeditiva: en dos años lograron la audiencia para desmonte.

Las comunidades wichís San José, Chustaj Lhokwe y Cuchuy viven desde hace generaciones en la zona de Ballivián (departamento de San Martín). Junto a la defensora pública federal, las comunidades presentaron un amparo judicial en 2008 para suspender los desmontes, exigir la titularización de sus tierras y que “se garantice su supervivencia en condiciones dignas y la transmisión de su legado cultural a las generaciones venideras”. En 2009, una pericia antropológica confirmó la relación histórica de las comunidades con ese territorio. En noviembre de 2009, el juez federal de Orán, Raúl Juan Reynoso, se declaró incompetente y remitió la causa al procurador de la Nación.

En agosto de 2010, el procurador general de la Nación remitió el caso a la Corte Suprema de Justicia. El máximo tribunal se tomó tres años y dos meses (octubre de 2013) para declararse “incompetente” en el caso y remitió el pedido indígena a la Corte de Salta.

Mientras el expediente esperó respuesta en tribunales nacionales y provinciales, los wichís perdieron 15.000 hectáreas a manos de empresarios de agronegocios, que contaron con autorizaciones del Ministerio de Ambiente de Salta.

La vía judicial no dio respuesta al pueblo wichí. Y la vía política sí respondió (afirmativamente) a los empresarios del agro.

* Por Darío Aranda. Publicado el 23 de enero de 2014 en el diario Página12.

Sin licencia para fumigar

Sin licencia para fumigar

Campesinos del nordeste de la provincia presentaron un amparo y lograron que una jueza frene las fumigaciones con agroquímicos que afectaban sus campos. Es la primera vez que la Justicia de esa provincia adopta este tipo de medidas.

fumigaciones en san luis conlaraCampesinos de San Luis lograron algo inédito para la provincia: frenar las fumigaciones con agroquímicos. “Dispongo ordenar el cese de toda actividad de pulverización con sustancias químicas de uso agropecuario”, insta el fallo de la Justicia puntana sobre un campo de maíz y soja en el nordeste de la provincia. La medida fue solicitada por la Asociación Campesina del Valle de Conlara, que desde hace años sufre las fumigaciones. El fallo prohíbe el uso de todo tipo de agroquímicos y aplica el “principio precautorio” vigente en la Ley General del Ambiente (cuando haya riesgo para la salud y/o el ambiente, es necesario tomar medidas preventivas). En la misma zona están presentes las empresas Monsanto, Syngenta y Cresud.

En el nordeste de San Luis (departamento de Junín) sobresale la turística localidad de Merlo. Las familias están en la zona “desde siempre”, aseguran, son cuarta y quinta generaciones de campesinos. Hace una década todo comenzó a cambiar. Grandes empresas llegaron, familias campesinas fueron expulsadas del territorio ancestral y los desmontes fueron regla. Los recién llegados (también denunciados por campesinos) son las empresas Cresud (del Grupo IRSA, el mismo de los shoppings porteños), Monsanto, Syngenta y pooles de siembra de menor renombre.

El acuífero generoso que riega el lugar animó a los empresarios a utilizar la tecnología de pivot, unos grandes muñecos de metal con ruedas que riegan con precisión y facilitan el agronegocio aun en climas hostiles. Y comenzaron también las fumigaciones en campos de maíz transgénico y soja. Las parcelas lindantes, propiedad de campesinos, sufrieron consecuencias: animales muertos, huertas quemadas y afecciones en la salud como intoxicaciones, problemas en la piel y el sistema respiratorio.

En la zona está presente la Asociación Campesina del Valle de Conlara, una de las organizaciones rurales más novedosas de la última década. Interacción de técnicos y campesinos de diversas edades (de abuelos a nietos), decisiones colectivas, articulación con organizaciones rurales y urbanas diversas, apuesta a un modelo de agroecología y soberanía alimentaria, y distante de los gobiernos. Todo en una provincia con pocos antecedentes de organización rural.

El diálogo entre campesinos y empresarios no prosperó. Y en noviembre la situación tocó fondo: se hicieron cinco fumigaciones en un mes en los parajes Santa Martina y Ojo del Río, en el kilómetro 907 de la Autopista 55. El hospital local confirmó la intoxicación de hombres, mujeres y niños. Y los campesinos realizaron la denuncia contra el empresario Mariano Poncio en la comisaría y presentaron un amparo ambiental, con medida cautelar, para proteger la salud.

El Juzgado en lo Civil, Comercial, de Minas y Laboral de Concarán, a cargo de la jueza María Uccello de Melino, hizo lugar al pedido: “Dispongo ordenar el cese de toda actividad de pulverización con sustancias químicas de uso agropecuario en la zona que afecta a las comunidades de Santa Martina y Ojo del Río”, resolvió.

Es la primera vez que en San Luis se prohíben las fumigaciones, con particularidades sobresalientes: no se prohibió sólo el glifosato (el herbicida más usado del país) sino todos los agroquímicos. Y no se fijaron límites en metros como en otros fallos (los antecedentes judiciales van de 300 a 2000 metros) sino que se prohibieron por completo hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

La jueza fundamentó en base al artículo 41 de la Constitución Nacional y el 47 de la Constitución de San Luis. Y remarcó la vigencia del artículo 4 de la Ley Nacional 25.675 (Ley General del Ambiente). “Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.”

La Asociación Campesina del Valle de Conlara apuntó al modelo: “Nuestros cuerpos, nuestros bosques, nuestra agua y nuestra tierra no pueden ser miradas por los empresarios como sus costos de producción, de una producción que contamina, envenena y concentra. Y el Estado no puede seguir mirando para otro lado”, advirtieron en un comunicado y celebraron la decisión judicial. “Nos permite permanecer en nuestras comunidades sin el temor de estar siendo fumigados, nos da la posibilidad de pensar nuestra producción de alimentos sin agrotóxicos. Nos refuerza la decisión de seguir viendo el campo como nuestro lugar de vida, sano y natural. Esta medida se convierte en la fragua de nuestros derechos, avivando el fuego de la esperanza y de la lucha”, afirmaron.

El fallo, con fecha del 13 de diciembre, afirma que las leyes vigentes obligan a “prevenir y evitar el daño ambiental y a la salud, derechos fundamentales consagrados constitucionalmente”.

La Asociación Argentina de Productores de Siembra Directa (Aapresid, empresarios del agronegocio), filial San Luis, cuestionó la decisión judicial y la consideró “absurda y carente de fundamentos”.

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Siete provincias

Siete provincias ya cuentan con decisiones judiciales que prohíben fumigaciones. Los fallos, incluso de máximos tribunales provinciales, fijan límites de hasta 2000 metros de distancia de viviendas y cursos de agua. Y remarcan la vigencia del principio precautorio vigente en la Ley Nacional 25.675: cuando haya riesgo deben tomarse medidas preventivas.

En 2003, en Colonia Loma Senés, en Formosa, y por una denuncia de campesinos, la jueza Silvia Amanda Sevilla, ordenó cesar con las fumigaciones. En diciembre de 2008, la Justicia cordobesa prohibió a productores de soja que fumiguen en cercanías del barrio Ituzaingó Anexo. Apuntó contra el glifosato y el endosulfán. Fijó límites de 500 metros de zonas urbanas y, en fumigaciones aéreas, 1500 metros.

En San Jorge (Santa Fe), un grupo de familias denunció en 2009 a un productor que los fumigaba. Jueces de primera y segunda instancia prohibieron esa tarea a menos de 800 metros si era por métodos terrestres y 1500 metros si lo hacían con avión. En abril de 2010, en Chaco, la Justicia prohibió el uso de agroquímicos en la localidad de La Leonesa y también protegió los cursos de agua. Los límites fueron de 1000 metros en forma terrestre y 2000 si era con avión. Las distancias fueron ratificadas por el Superior Tribunal de Justicia de Chaco.

En septiembre de 2011, en Antillas (Salta), el Juzgado Correccional 2 prohibió las fumigaciones a 1500 metros con avión y no menos de 300 si las aspersiones eran terrestres. La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires falló en agosto de 2012. Prohibió fumigar a menos de 1000 metros de las viviendas en Alberti. También fundamentó con el principio precautorio.

* Por Darío Aranda. Publicado el 11 de enero de 2014 en el diario Página12.

Consulta obligatoria

Consulta obligatoria

El máximo tribunal del país sostuvo que los gobiernos deben consultar a los pueblos indígenas cuando tomen medidas que los afecten. Reafirmación del derecho a la autoidentificación.

consulta obligatoria mapuches - en bajaLa Corte Suprema de Justicia de la Nación reafirmó la obligación para los gobiernos de consultar a los pueblos indígenas cuando tomen medidas que pudiera afectarlos, e hizo hincapié en el derecho a la autoidentificación de las comunidades (no se requiere que el Estado “reconozca” a una comunidad para que ésta tengo derechos como tal). Es parte de la sentencia en la cual la Corte falló a favor del pueblo mapuche y en contra del gobierno de Neuquén, al declarar la “inconstitucionalidad” de un decreto que desconocía derechos indígenas. “Es un triunfo político y jurídico que se complementa con las movilizaciones que los pueblos indígenas hemos hecho en cada provincia y a nivel nacional para que se respeten nuestros derechos”, explicó Jorge Nahuel, de la Confederación Mapuche de Neuquén.

El decreto 1184/02 fue firmado en agosto de 2002 por el gobernador Jorge Sobisch. El gobernador reglamentó una ley nacional (algo que es competencia del presidente) y modificó artículos de la norma nacional (23.302). El decreto limitaba el reconocimiento de comunidades con requisitos que contradecían la ley nacional y los tratados internacionales de derechos humanos. Exigía evaluar la “identidad étnica”, la lengua, tipo de “cultura y organización”, solicitaba “que convivan en un hábitat común” y que sean “por lo menos diez familias”.

La Confederación Mapuche de Neuquén (CMN) reclamó en 2002 y planteó la inconstitucionalidad: “El decreto altera por completo el espíritu de la ley nacional, ya que sustituye el principio de autoidentificación por el criterio opuesto de identificación por el Estado. En los hechos implica que prácticamente ninguna comunidad podría obtener su personería jurídica, pues rara vez se darán todos estos presupuestos. Parece más un intento de control ideológico que una regulación de un derecho”.

La Confederación Mapuche apuntó al trasfondo: si la provincia regula las personerías jurídicas, ata a las comunidades y sus derechos a la discrecionalidad del gobierno local. Además, viola la Constitución Nacional (artículo 75).

Luego de once años de acciones judiciales, apelaciones y presentaciones, la Corte Suprema falló: “El decreto (del gobierno) es inconstitucional en la medida en que no se adecua al ‘umbral mínimo’ establecido por el orden normativo federal, por lo que cabe requerir a la provincia que ajuste su legislación en materia de derechos y política indígena”.

El fallo, firmado el 10 de diciembre, dictaminó que “el decreto 1184 impone recaudos y condiciones que significan una clara restricción y regresión respecto de lo establecido en materia de derechos y política indígenas a nivel federal”, resalta que contradice la ley nacional 23.302 y el Convenio 169 de la OIT (que en Argentina tiene rango supralegal, por encima de normas locales). “El decreto fue dictado omitiendo dar participación previa a las entidades que representan a los pueblos indígenas del Neuquén, desconociendo así la obligación establecida por el Convenio 169.”

“Hacemos una evaluación positiva porque ordena una situación ilegal de décadas, donde la provincia se ha negado a registrar a nuevas comunidades. La última comunidad que ha registrado data de 1996, lo que generó enormes perjuicios en estos once años a muchas comunidades a las que le fue negada cualquier instancia gubernamental alegando que no existían jurídicamente, negación a reconocer a sus autoridades tradicionales, indefensión ante el ingreso de petroleras y privados, que se valían de la falta de documentación jurídica de esas comunidades para atropellarlos”, recordó Nahuel, de la Confederación Mapuche.

El vocero indígena destacó que en agosto pasado la provincia y Nación crearon el Registro Provincial Indígena en base a las pautas del decreto 1184/02. “La Confederación Mapuche va a impugnar ese convenio respaldado en la contundente definición de la Corte Suprema”, advirtió Nahuel.

Juan Manuel Salgado, director del Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (Odhpi) y abogado que llevó la causa hasta la Corte Suprema, resaltó que, tras “once años de litigio judicial, el máximo tribunal le ha dado la razón a la Confederación Mapuche, que desde un primer momento cuestionó ese decreto del gobernador Sobisch, que luego fue sostenido por el gobernador Jorge Sapag”. Salgado también cuestionó al máximo tribunal de la provincia: “La sentencia de la Corte Suprema demuestra que sólo la presión política puede haber hecho que el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén decidiera a favor del Gobierno”.

La autoidentificación de las comunidades indígenas consta en el fallo de la Corte Suprema, que retoma el constitucionalista Germán Bidart: “Cualquier agrupación, entidad o comunidad que se cree y organice de acuerdo al derecho indígena en el marco de su convivencia colectiva, merecen ser reconocido, registrado o inscripto”. En la práctica, implica que el reconocimiento de los pueblos originarios no está sujeto al Estado, sino a la comunidad indígena.

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Contra un decreto

La comunidad mapuche Cheuquel, ubicada a 30 kilómetros de Zapala, denunció la semana pasada al gobierno de Neuquén porque mediante un decreto propuso otorgar el título de tierras comunitario pero a cambio de otorgar derechos de exploración y explotación petrolera a las empresas Pluspetrol y GYP (Gas y Petróleo) de Neuquén. “Rechazamos estas cláusulas en el decreto y pedimos revocatoria porque violan el derecho a la autodeterminación y a la consulta previa, libre e informada, tal como exige el Convenio 169 de la OIT. Y denunciamos estas propuestas poco claras que están llegando a las comunidades y que afectan notablemente los derechos de los pueblos originarios”, señaló la comunidad mapuche Cheuquel en un comunicado.

El decreto 1428 fue firmado por el gobernador, Jorge Sapag (foto), el 15 de agosto pasado. En el primer artículo otorga un título gratuito por 3500 hectáreas, pero la comunidad posee 12.000 hectáreas. Y el segundo artículo no tiene antecedentes: establece que el adjudicatario (la comunidad) permite el libre acceso a las empresas estatal G&P y a Pluspetrol.

La comunidad rechazó el decreto provincial, recordó que la entrega de tierras es “una obligación del Estado (artículo 75 de la Constitución Nacional y artículo 53 de la Constitución de Neuquén)” y remarcó que “ninguna ley establece la posibilidad de que el Estado ponga condicionamientos” para el reconocimiento de territorios indígenas.

* Por Darío Aranda. Publicado en el diario Página12 el 30 de diciembre de 2013.